Sociedad

DESPLEGADO EN CONTRA DE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN EN TECOMÁN

A TODA LA OPINIÓN PÚBLICA Y

Al C. Gobernador del estado de Colima,

Maestro José Ignacio Peralta Sánchez

A nombre de mis representadas, en ejercicio de los derechos que me otorgan los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, expongo una serie de anomalías en las que ha incurrido la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la ciudad de Tecomán, Colima, que preside el Lic. Julio César Arreola Guízar, derivado de diversas actuaciones y supuestas notificaciones que resultan manifiestamente contrarias al orden jurídico y al estado de Derecho, en perjuicio de mis representadas, las cuales se describen a continuación:

En los expedientes 63/2018 y 64/2018 tramitados ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de Tecomán, Colima, los actores (una persona física en cada juicio laboral) demandaron a mis representadas (diez personas morales) y a una persona física con la que mis mandantes no tienen relación, aludiendo que habían laborado para todas y cada una de ellas y señalando para que éstas fueran notificadas y se transcribe… “…todas las demandadas mencionadas con domicilio para ser emplazadas a juicio en el  ….. ubicado en la calle Foca, Colonia Valle de las Garzas, Planta Peletizadora de Pemex 28219, en Manzanillo, Colima…”.  De dicha transcripción se desprende de forma más que evidente que no era domicilio de ninguna de las empresas demandadas en los juicios señalados y que se refería a una taquilla de boletos, que evidentemente no corresponde a ninguna de las demandadas.

Mis representadas quedaron supuestamente, sin conceder, como notificadas mediante diligencias pretendidamente llevadas a cabo en la Taquilla de venta de boletos.  La Junta Local antes citada celebró las etapas de las audiencias respectivas sin permitirle participación a mis representadas y dictó un laudo condenatorio en el expediente 64/2018 y en el expediente 63/2018.  Sin que obre constancia alguna en los expedientes mencionados, el presidente de la Junta Local antes señalada, Lic. Julio César Arreola Guízar, ordenó embargar y asegurar diversas cuentas bancarias de las empresas demandadas, por cantidades muy superiores de lo laudado.

Derivado de todas estas situaciones, mis representadas han denunciado tales hechos ante la H. Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Colima, a través del ocurso de fecha 04 de enero de 2021, como se puede acreditar con los sellos de presentación y acta de comparecencia NSJP/COL/C/CORR02/2021.  Asimismo, ante las múltiples irregularidades advertidas, promovió sendos Juicios de Amparos ante el C. Juez de Distrito en Turno del Trigésimo Segundo Circuito Federal con residencia en Colima.

Los actos descritos en el cuerpo del presente documento no tienen cabida en un país en el que impera el estado de derecho, por lo que los hechos deben ser minuciosamente investigados y los responsables severamente sancionados, para garantizar que estas situaciones no se repitan y se puedan salvaguardar los derechos fundamentales de los gobernados.

Agradecemos cumplidamente la intervención oportuna y expedita de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social del Estado de Colima, Lic. Esperanza Hernández Briceño, quién en tres ocasiones nos atendió  para hacerle de su conocimiento las anomalías que se han presentado en la mencionada Junta Local, pero dada la necesidad y la complejidad de los asuntos laborales en cuestión y de la poca transparencia del expediente, le pedimos C. Gobernador nos atienda a efecto de que escuche de todas y cada una de las anomalías antes manifestadas en este desplegado.

Responsable de la publicación:

Lic. Sergio Roel M.

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