Política

Nueva Alianza deberá pagar deudas de su partido nacional desaparecido

*Responde el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal a una consulta del IEE Colima =Aun habiendo perdido el registro nacional, se deberán transferir a la par del patrimonio, las deudas, incluyendo las derivadas de multas y sanciones locales de cada entidad en las que el otrora Partido Nueva Alianza.

Los partidos políticos estatales de Nueva Alianza que han sido aprobados ya por los órganos electorales locales “deberán de asumir deudas y multas” del desaparecido Partido Nueva Alianza a nivel nacional, sentenció la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Durante el pasado proceso electoral federal el Partido Nueva Alianza perdió su registro nacional y meses más tarde sus remanentes en los estados lograron su registro a nivel estatal, entre ellos Nueva Alianza Colima.

Este miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad de votos de sus Magistrados el Acuerdo INE/CG83/2019 del Instituto Nacional Electoral (INE) respecto de los procedimientos de pago y cobro de las multas y remanentes que debían reintegrarse en aquellos casos en donde hubiera obtenido su registro como partido político local.

Esta sentencia se dictaminó una vez que la consejera presidenta del Instituto Electoral del Estado de Colima, Nirvana Fabiola Rosales Ochoa, consultó al INE y TEPJF sobre el procedimiento de pago y cobro de las multas y remanentes que debían reintegrarse en aquellos casos en donde hubiera obtenido su registro como partido político local.

En dicho acuerdo, se indica, entre otras cosas que, aun habiendo perdido el registro nacional, se deberán transferir a la par del patrimonio, las deudas, incluyendo las derivadas de multas y sanciones locales de cada entidad en las que el otrora Partido Nueva Alianza hubiera obtenido su registro como partido político local, para que el interventor se encuentre en aptitud de cubrir las obligaciones de pago con acreedores.

En su demanda, los partidos locales de Nueva Alianza en Colima, Aguascalientes, Chiapas, Chihuahua, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, San Luis Potosí, Sonora, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas, señalaron que el acuerdo del INE viola el principio constitucional que prohíbe la aplicación retroactiva de las normas en perjuicio de persona alguna, al establecer que en las entidades federativas en donde obtuvieron el registro como partido político local, el nuevo instituto jurídico estatal debe cubrir las obligaciones de pago generadas antes de que los partidos políticos locales obtuvieran su registro como personas jurídicas diferentes (primero de enero de 2019).

En sesión pública, la Sala Superior calificó como infundados los planteamientos de los actores al señalar que el acuerdo impugnado no establece nuevas obligaciones, no modifica derechos ni su situación concreta; únicamente se limita a establecer el procedimiento mediante el cual debe realizarse la transmisión del patrimonio previsto en las Reglas Generales de Liquidación.

Asimismo, el Pleno indicó que el criterio emitido por el INE no vulnera el principio de irretroactividad previsto en el artículo 14, párrafo 1, de la Constitución Federal, al tratarse de una disposición que únicamente precisa el procedimiento a seguir para la transferencia del patrimonio que les corresponde a los partidos políticos locales que hubieran obtenido su registro en términos de la Ley de Partidos. (Asunto: SUP-RAP-27/2019 y acumulados).

SE ADEUDAN 32 MILLONES

En este sentido se dio a conocer que las dirigencias de los partidos locales Nueva Alianza en 17 entidades del país deberán asumir el pago de deudas y multas por 32.5 millones de pesos que arrastraban los comités directivos estatales del extinto partido político nacional Panal.

La Ley General de Partidos permite que cuando un partido nacional pierde su registro, pueda optar por registrar un partido político local en las entidades donde sí alcanzó al menos el 3% de votos y haya postulado al menos la mitad de candidatos a cargos de elección en municipios y distritos, lo que fue el caso.

La muestra es que los 17 partidos Panal en los estados de Colima, Aguascalientes, Chiapas, Chihuahua, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, San Luis Potosí, Sonora, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas tomaron atributos del extinto Panal nacional, como su nombre y patrimonio y alcanzaron prerrogativas no como un partido nuevo, sino en condiciones obtenidas por la fuerza nacional.

De igual forma, entonces las deudas determinadas localmente (a los que fueron comités estatales del partido Panal nacional, ya en extinción) deben ser transferidas al partido político local de cada entidad federativa.

Así, en los estados en donde Nueva Alianza obtuvo el registro como partido político local se deberán cubrir las obligaciones de pago que tenían antes de su registro con los recursos que el Interventor designado para la liquidación del partido nacional les transfiera del patrimonio que mantuvo en etapa de prevención en cada entidad federativa.

De acuerdo al reporte del interventor, entre impuestos de 2017 y 2018 pendientes de pago, además de multas de 2018, los 17 partidos locales Panal acumulan pagos pendientes por 32.5 millones de pesos.

En Guanajuato está el mayor monto a pagar, 5.2 millones de pesos, seguido de 5.1 millones de pesos en Puebla, 4.5 millones de pesos en Hidalgo y 2.8 millones de pesos en Nuevo León.

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