Opinión

AMPARO PARA MARIO:

ESTACIÓN SUFRAGIO

Adalberto Carvajal

Hay que considerar la posibilidad –me dice un abogado con larga experiencia política– que la justicia federal conceda el amparo al magistrado Mario de la Madrid Andrade, en contra de la destitución ordenada por un juez de Distrito.

Como sabemos, la destitución fue consecuencia, a su vez, del amparo concedido por ese Juzgado de Distrito a uno de los quejosos por el proceso de nominación y aprobación que llevó a Mario de la Madrid a ocupar una vacante en el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Colima.

Sería más fácil el camino del amparo, y menos desgastante políticamente para el magistrado, que la reposición del proceso legislativo y el sometimiento de un jurista tan reputado como es el doctor de Derecho a un concurso de oposición.

Falta que De la Madrid Andrade quiera impugnar la decisión del juez de Distrito y –coinciden varios colegas en el análisis político– que lo haga representándose a sí mismo. Porque si le deja esa tarea a la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado acabarán sometiéndolo a una nueva humillación profesional.

Pese a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó el incidente de incompetencia que (en contra del Tribunal Colegiado de Circuito que los destituyó) presentaron los magistrados interinos del Tribunal de Justicia Administrativa, la razón de Estado que haría posible restituir en su cargo como magistrado a Mario de la Madrid es que, en el caso del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, se trata de un poder y no de un órgano desconcentrado.

Los ministros de la Corte no suelen darse balazos en el pie. Y ahora mismo están urgidos de blindar las designaciones de los miembros de ese máximo tribunal recién electos a propuesta del presidente López Obrador.

Veremos si esta hipótesis del amparo se cumple y, a final de cuentas, queda garantizada la facultad constitucional del Ejecutivo local de presentar al Congreso del Estado las ternas para que sean votados los nuevos magistrados del Supremo Tribunal de Justicia.

O veremos si prevalece el criterio de anteponer los derechos humanos de todos aquellos no tomados en cuenta en el proceso de selección de candidatos a una magistratura.

EL CASO COLIMA:

Hay jurisprudencia al respecto, me dice este abogado. Y se estableció a raíz de una controversia entre el Poder Ejecutivo de Colima y el Judicial, en 1997.

Como todos los gobernadores hasta entonces, Fernando Moreno Peña llegó al cargo y nombró a los magistrados del STJE que lo acompañarían en su gestión.

De acuerdo a los usos y costumbres del sistema político mexicano, la influencia del Gobernador sobre el Supremo Tribunal era tan notoria que el mandatario palomeaba hasta el nombre de quien ocuparía la presidencia del pleno.

Moreno Peña nombró, pues, a seis nuevos magistrados que, junto con los que ya habían adquirido inamovilidad en el cargo por haber ocupado una silla en el pleno durante dos sexenios consecutivos, conformarían el Supremo Tribunal. Pero he aquí que los removidos se ampararon.

Después de muchos meses durante los que no recibieron emolumentos, la Corte protegió los derechos laborales de los magistrados y éstos volvieron al trabajo después de cobrar en forma retroactiva su salario.

Los seis propuestos por Moreno Peña fueron destituidos. Pero ese mismo día el Gobernador los nombró nuevamente ya que nada, salvo el costo de la nómina, le impedía tener un Tribunal sobrepoblado.

Aprobados por el Congreso, los seis magistrados fernandistas fueron desplazando poco a poco a los magistrados restituidos en sus funciones. La mayoría de los que ganaron el amparo terminaron aceptando su jubilación, que era algo muy distinto al cese que recibieron inicialmente. Otros se quedaron mucho tiempo. El último de ellos pasó a retiro apenas el año pasado.

Mi correo electrónico: carvajalberber@gmail.com. Esta columna también se puede leer en: www.carvajalberber.com y sus redes sociales.

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