Estado

Se Declara en Emergencia al Estado de Colima por llegada de Covid-19

*Fue autorizado por unanimidad en el Consejo Estatal de Protección Civil +Con ello, se faculta al gobernador a tomar más medidas para proteger la salud de la población +Las medidas deben ser aprobadas previamente por el Comité Estatal de Seguridad en Salud Pública del Estado

El Consejo Estatal de Protección Civil, que preside el gobernador José Ignacio Peralta Sánchez, aprobó por unanimidad emitir la Declaratoria de Emergencia por coronavirus Covid-19 en el Estado de Colima, la cual entró en vigor este 18 de marzo al publicarse en el Periódico Oficial del Estado

Ignacio Peralta consideró que esta declaratoria es histórica, dura, pero necesaria.

El objetivo de la misma es proteger la salud de los colimenses, aseguró en la Sesión Extraordinaria realizada en el Centro de Convenciones del Complejo Administrativo.

En su calidad de presidente del Consejo enfatizó que en un primer momento se busca evitar que la población esté en la calle y que se aplique con contundencia el aislamiento y distanciamiento social.

Al dar lectura a la Declaratoria indicó que ésta se da ante la inminencia, alta probabilidad u ocurrencia de un desastre sanitario derivado de la pandemia provocada por el coronavirus SARS-COV-2 (Covid-19).

La declaratoria faculta al gobernador para que, en caso de ser necesarias, se implementen y contemplen 16 acciones de prevención, mitigación, seguridad, detección y atención.

En su mensaje, el mandatario estatal aclaró que las medidas que se vayan a tomar tendrán que ser avaladas por el Comité Estatal de Seguridad en Salud Pública del Estado.

Entre las cuales podrían estar:

1.- El aislamiento, observación y cuarentena de personas que sean sospechosas de padecer la enfermedad y de los portadores del virus, por el tiempo que resulte estrictamente necesario, así como la limitación de sus actividades, cuando así se amerite por razones epidemiológicas;

2.- La suspensión o restricción de actividades públicas y privadas que se recomienden;

3.- La aplicación de medicamentos y otros recursos preventivos y terapéuticos;

4.- La inspección de personas que ingresen al territorio del Estado que puedan ser portadores del virus, así como de equipajes, medios de transporte, mercancías y otros objetos que puedan ser fuentes o vehículos del agente.

5.- El ingreso a todo tipo de local o casa habitación para el cumplimiento de actividades dirigidas al control y combate de la pandemia.

6.- La utilización de todos los recursos médicos y de asistencia social de los sectores público, social y privado existentes.

7.- La adquisición de equipo médico, agentes de diagnóstico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos, así como todo tipo de mercancías, objetos, bienes y servicios que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, sin necesidad de agotar el procedimiento de licitación pública, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontarla.

8.- Ordenar las medidas atingentes a fin de evitar congregaciones de personas en cualquier lugar de reunión, incluyendo la clausura temporal de locales comerciales, centros de espectáculo, locales de fiesta, bares, restaurantes o cualquier otro de convivencia social.

9.- Ordenar el cierre temporal de centros laborales, empresas, negocios o cualquier otro que genere la concentración de personas.

10.- Ordenar y aplicar sanciones administrativas, amonestaciones con apercibimiento, multas, clausura temporal o definitiva, que podrá ser total o parcial; y arresto hasta por treinta y seis horas a la persona que interfiera o se oponga al ejercicio de las funciones de la autoridad sanitaria, o que en rebeldía se niegue a cumplir los requerimientos y disposiciones de la autoridad, provocando con ello un riesgo a la salud de las personas.

11.- Dictar medidas de beneficios fiscales a los contribuyentes y empresas radicadas en el territorio del Estado.

12.- Regular el tránsito terrestre, así como disponer libremente de todos los medios de transporte de propiedad del Estado y de servicio público, cualquiera que sea el régimen legal a que estén sujetos estos últimos, incluyendo, de ser necesario, la suspensión total o parcial del servicio de transporte público.

13.- Establecer las directrices informativas necesarias a fin de transmitir clara y oportunamente las medidas que se adopten para afrontar la contingencia.

14.- Ordenar la suspensión de actividades en los centros de atención infantil, y las clases en escuelas de nivel básico, medio, medio superior y superior, públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Estatal.

15.- Ordenar el funcionamiento básico de las dependencias o entidades estatales y municipales, con la asistencia mínima de los servidores públicos como un tema de continuidad de operaciones.

16.-  Las demás que resulten necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes, la infraestructura estratégica, la planta productiva y los medios de vida.

La declaratoria agrega que estas medidas las ejercerá el titular del Poder Ejecutivo o los funcionarios públicos que determine, previo análisis y recomendaciones del Comité Estatal de Seguridad en Salud Pública del Estado.

Peralta Sánchez señaló que, en caso de implementar y ejecutar las acciones referidas, se apoyará con las autoridades municipales correspondientes para su adecuado desarrollo.

Posteriormente, el mandatario escuchó las intervenciones de los miembros del Consejo, representantes de las dependencias del Poder Ejecutivo estatal, federal, municipal, instituciones académicas, así como organismos y asociaciones representativos de la sociedad civil, quienes coincidieron en el respaldo a las acciones que se determinen y lo felicitaron por la decisión oportuna.

En el acto también se realizó el establecimiento del Centro Estatal de Operaciones a cargo del secretario general de Gobierno, Arnoldo Ochoa González; mientras que el director general de la Unidad Estatal de PC, Ricardo Ursúa Moctezuma explicó dos marcos normativos de la Ley de Protección Civil de la entidad.

A su vez, la secretaria de Salud, Leticia Guadalupe Delgado Carrillo, informó la situación que guarda en el Estado respecto al Covid-19, las acciones implementadas y recomendaciones; detallando que hasta el momento se tiene solo un caso confirmado y uno en análisis.

En la sesión se contó con la presencia de representantes de los tres niveles de gobierno, así como de líderes empresariales, organizaciones de la sociedad civil, instituciones educativas, legisladores locales, representantes de las fuerzas armadas, entre otros.

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