Seguridad y Justicia

Clausura la PROFEPA obras y actividades de cambio de uso de suelo en un predio

*Se afectó una superficie total de 3 mil 200 m2 y un volumen de 7.296 m3 de Rollo Total Árbol (RTA). =Entre las especies forestales removidas destaca arbolado de papelillo, guásima, huizache, cuachalalate y coral.

Alfredo Quiles Cabrera

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera temporal total obras y actividades en predio ubicado en la localidad de Cruz de Piedra, en el Municipio de Minatitlán, Colima, por realizar la remoción de vegetación forestal y cambio de uso de suelo en terrenos forestales sin contar con la autorización que emite la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

En atención a una denuncia popular, personal de la Profepa acudió a la comunidad Cruz de Piedra, donde corroboró que se había llevado la remoción de vegetación y cambio de uso de suelo, por lo que instauró un acta de inspección en materia forestal.

Con dichas actividades se afectó directamente la vegetación natural, modificando y eliminando con ello una porción del hábitat de especies de la flora y fauna que ahí se desarrollan.

Para la remoción de la vegetación forestal se utilizó herramienta manual, y afectó una superficie de 3 mil 200 metros cuadrados, y daños a arbolado de papelillo, guásima, huizache, cuachalalate y coral, entre otras, un volumen total afectado de 7 mil 296 metros cúbicos de Rollo Total Árbol (RTA).

Por lo anterior, se impuso la clausura temporal total de las actividades en el predio forestal, de conformidad con lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).

Tras la clausura total temporal, esta Procuraduría en su oportunidad ordenará las medidas correctivas a través del Acuerdo de Emplazamiento correspondiente.

Cabe señalar que con fundamento en lo señalado en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDS), los presuntos responsables podrán hacerse acreedores a una multa que va de 100 a 20 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, (equivalente a 8 mil 449 y 1 millón 689 mil 800 pesos), respectivamente), así como ser obligados a realizar las medidas de restauración del sitio afectado, al margen de las sanciones penales que resulten.

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